El Programa de Apoyo a Edificios Más Sostenibles fue puesto en marcha por el Gobierno este martes 2 de septiembre de 2020 y destinará 4,5 millones de euros en 2020 y 2021.
Operacionalizado por el Fondo Ambiental, apoyará medidas e intervenciones que promuevan la rehabilitación, descarbonización, eficiencia energética, eficiencia hídrica y economía circular en los edificios. Estas medidas van desde la colocación de ventanas más eficientes, aislamiento térmico, sistemas de calefacción y / o refrigeración, paneles fotovoltaicos, eficiencia hídrica, entre otras ...
 
La tasa de contribución para las intervenciones es del 70%, hasta el valor límite establecido por la tipología de proyectos. Cada candidato está limitado a un incentivo total máximo de 15.000 euros, con el límite máximo por edificio unifamiliar o fracción autónoma de 7.500 euros.
 
Condiciones
 
- Personas que poseen vivienda;
 
- Edificios unifamiliares y plurifamiliares, fracciones de edificios anteriores a 2006;
 
- Territorio continental.
 
Gastos elegibles
 
- Los costos de adquisición de nuevas soluciones incluidas en los tipos de proyectos hasta los montos máximos establecidos;
 
- Gastos facturados y pagados en su totalidad y sujetos a entrega o instalación y que cumplan con los siguientes criterios:
                        
 - fecha posterior al 7 de septiembre de 2020;
 - utilizado con el único propósito de lograr el
 - objetivo (s) de este incentivo;
 - cumplir con la legislación tributaria y contributiva
 
Gastos no elegibles
 
- Adquisición de terrenos, edificios y otras propiedades;
 
- Obras de construcción o adecuación de edificios independientemente de si son necesarias para implementar la (s) medida (s) de eficiencia energética;
 
- Costos de mantenimiento y operación de la (s) medida (s) de eficiencia energética que se implementarán;
 
- Adquisición de sistemas, material y software de monitoreo;
 
-Adquisición o sustitución de electrodomésticos existentes;
 
-Proyectos, certificaciones, auditorías, estudios y actividades preparatorias, licenciamiento;
 
-Dirección o supervisión de obra, coordinación de seguridad, monitoreo ambiental, asistencia técnica y gestión de proyectos;
 
-Gastos con el reasentamiento temporal de residentes en el edificio o fracción involucrada;
 
- Gastos asociados con otras intervenciones en el edificio o fracción que no están relacionados con las intervenciones elegibles;
 
-El Impuesto al Valor Agregado (IVA) recuperable;
 
- Costos cubiertos por otras fuentes de financiamiento;
 
-Multa, sanciones y costos de litigio;
 
-Gastos excesivos o inadecuados para fines previamente establecidos.
 
Documentos requeridos:
 
Recipiente
 
- Tarjeta de ciudadano o número de identificación;
- Certificado de no deuda a la AT o autorización de consulta;
- Certificado de no deuda a la SS o autorización de consulta;
- NIB.
 
Edificio
 
- Certificado energético, en su caso;
- Libro de construcción;
- Licencia de vivienda;
- Recibo;
- Intervención de evidencia fotográfica (antes y después).
 
Proyecto
 
- Clase de etiqueta energética +;
- Etiqueta energética del sistema;
- Instaladores técnicos certificados;
- Certificación ANQUIP;
- Certificación o etiqueta relacionada con eco-materiales.
 
Fuente: Idealista News